Yuteña recibió 14 años de prisión por matar a su beba recién nacida

Una mujer fue condenada a la pena de 14 años de prisión por quitarle la vida a su hija recién nacida.  El hecho sucedió el 7 de noviembre de 2021 en la localidad de Yuto y el veredicto fue emitido hoy por el Tribunal en lo Criminal Nº 3.

Según indicó el Poder Judicial de la Provincia, Noelia De Los Ángeles Cuyupari fue hallada autora penalmente responsable del delito de “Homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación”.

Los magistrados resolvieron mantener la modalidad de prisión domiciliaria, según lo establecido en el artículo 10 del Código Penal y artículo 32 inciso f de la Ley 24.660, que otorga el beneficio por ser madre de un niño menor de cinco 5 años.

El veredicto fue emitido hoy, por el juez Mario Ramón Puig, presidente de trámite, y las juezas María Margarita Nallar y Ana Carolina Pérez Rojas; secretaría a cargo de Ricardo Rodolfo Almaraz.

Los hechos

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, el hecho ocurrió el 7 de noviembre de 2021, a las 12 aproximadamente, cuando la mujer –que presentaba al momento del hecho un embarazo de entre 37 y 38 semanas de gestación- se encontraba en su domicilio ubicado en la localidad de Yuto.

En esos momentos, Noelia Cuyupari ingresó al sanitario de la vivienda, donde comenzó las tareas de parto y momentos después dio a luz a su beba. Seguidamente, atacó a la niña.

A causa de las lesiones, la recién nacida falleció en el lugar debido a shock hipovolémico por heridas punzo cortantes.

Luego, la acusada colocó el cuerpo sin vida de la niña en una bolsa de residuos y la sostuvo en sus brazos hasta que llegaron sus progenitores, quienes lograron ingresar al sanitario y la llevaron hasta la habitación donde llamaron al SAME, el que auxilió a la imputada y constató que la menor se encontraba sin vida.

Alegatos

Los fiscales ante el Tribunal Alejandro Bossati y Lían Resúa, solicitaron la pena de prisión perpetua para la acusada.

Por su parte, la defensa técnica de la enjuiciada, ejercida por los Defensores Públicos Penales, del Ministerio Público de la Defensa Penal, Alejandro Máximo Gloss y Juan Pablo Canetti, requirió la absolución por inimputabilidad de la misma, y en subsidio por circunstancias extraordinarias de atenuación la pena mínima.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

El Tribuno de Jujuy

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